§ 1902b. Efecto de la inscripción del acuerdo de subordinación

PR Laws tit. 31, § 1902b (2018) (N/A)
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Una vez inscrito en el Registro de la Propiedad, un acuerdo de subordinación será efectivo contra los sucesores y cesionarios del tenedor de gravamen y toda otra persona que adquiera el alojamiento o instalación objeto de los derechos del tenedor de gravamen, mediante ejecución del gravamen, escritura de dación en pago, o cualquier otro modo legal, irrespectivamente de si los derechos del titular de propiedad vacacional son del tipo acompañado del derecho especial de propiedad o no.