§ 1401i. Título y derecho moral de eventos musicales

PR Laws tit. 31, § 1401i (2018) (N/A)
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(a) Se dispone que en toda producción, grabación, espectáculo, evento musical-artístico, o de otra índole, se especifique y mencione, además del nombre completo del artista o exponente, el nombre completo del compositor de la obra musical o canción correspondiente.

(b) La infracción a lo dispuesto en el inciso (a) de esta sección conllevará los remedios y acciones establecidos en las secs. 1401f, 1401g, y 1401h de este título, sin excluir cualquier otra acción administrativa o judicial que corresponda.