§ 1301a. Ingresos operacionales brutos y cuotas; restricciones a reclamaciones contra el administrador o el agente

PR Laws tit. 31, § 1301a (2018) (N/A)
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(a) No obstante lo dispuesto en cualquier otra ley, se prohíbe que, como parte de procedimientos administrativos o judiciales (incluyendo, pero sin limitarse a, acciones por vicios de construcción) en los que sea parte el administrador o el agente, o como consecuencia de cualquier procedimiento administrativo o judicial en que sea parte dicho administrador o su agente, se embarguen, se graven o se utilice para satisfacer cualquier sentencia, orden o resolución dictada contra dicho administrador o su agente:

(1) El ingreso bruto que genere o pueda generar el alquiler de los alojamientos o de la utilización, venta o alquiler de elementos comunes como consecuencia del programa de arrendamiento, o de la utilización, alquiler o venta de propiedad común; o

(2) los pagos que reciba o tenga derecho a recibir de cualquier persona el administrador o el agente para satisfacer gastos básicos, gastos de administración del programa o mejoras de capital, o

(3) el ingreso recibido o devengado mediante la inversión de los fondos a los cuales se hace referencia en las cláusulas (1) y (2) de este inciso.

(b) Solamente podrán embargarse o gravarse o utilizarse para satisfacer cualquier sentencia, orden o resolución dictada contra dicho administrador o su agente para los propósitos descritos en el inciso (a) de esta sección y para cualquier otro propósito permitido por ley:

(1) Los ingresos que el administrador o el agente reciba o tenga derecho a recibir como titular de uno o más alojamientos, a consecuencia de haber incluido dichos alojamientos de los que es titular en el programa de arrendamiento; o

(2) los ingresos que el administrador o el agente reciba o tenga derecho a recibir como honorarios en virtud de su desempeño como administrador o agente, según dispuesto en el contrato de arrendamiento compulsorio y el contrato de administración, o como administrador o dueño de una unidad comercial o de una unidad residencial, o

(3) el ingreso recibido o devengado mediante la inversión de los fondos a los cuales se hace referencia en las cláusulas (1) y (2) de este inciso.