Ningún titular de una unidad comercial tendrá derecho a participar en las decisiones sobre la administración del condohotel o a impugnar las acciones que pueda tomar el administrador en su gestión como tal, excepto en tanto y en cuanto no se provea otra cosa en la escritura matriz o este capítulo. No obstante lo anterior, solamente se podrán llevar a cabo mejoras de capital sin el aval de los titulares de las unidades comerciales si así lo dispone específicamente la escritura matriz.