§ 1299a. Unidades comerciales—Pago de gastos básicos

PR Laws tit. 31, § 1299a (2018) (N/A)
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(a) La persona que adquiera una unidad comercial será responsable ante el administrador o su agente por los gastos básicos, los cuales serán pagaderos mensualmente, a menos que se disponga otra cosa en la escritura matriz. El administrador o su agente tendrá derecho a presupuestar y efectuar cualquier gasto básico sin el consentimiento de los titulares de las unidades comerciales.

(b) Cada titular de una unidad comercial vendrá obligado a efectuar el pago de los gastos básicos atribuibles a su unidad según lo dispuesto en la escritura matriz dentro del término de tiempo y en la forma que se disponga en la escritura matriz. El administrador o su agente tendrá derecho a incoar todas las acciones legales necesarias o convenientes, incluyendo el embargo de la unidad comercial de cualquier titular moroso en cuestión para asegurar la satisfacción de la cuota de gastos básicos.