Constituye la política pública del Gobierno de Puerto Rico fomentar la dedicación de sus funcionarios y empleados a la gestión y al servicio público con honestidad, excelencia profesional y personal, así como con dedicación absoluta al bienestar y desarrollo integral de nuestro pueblo. Para lograr estos objetivos resulta medular fortalecer la institucionalidad de un foro neutral e independiente para dilucidar rápidamente los actos atribuibles a funcionarios gubernamentales; y asegurar que las investigaciones sean objetivas, imparciales, independientes y de excelencia.
Para lograr los objetivos señalados, se crea la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente, como una entidad autónoma administrativa, funcional y fiscalmente de la Rama Ejecutiva. Esta Oficina estará integrada por un Panel con tres (3) miembros en propiedad y dos (2) miembros alternos, cuyos miembros serán seleccionados de entre los ex jueces o ex juezas de los tribunales, según el procedimiento en adelante dispuesto, y aquel personal designado por el primero para ejercer las encomiendas expresamente delegadas bajo las secs. 99h a 99aa de este título.
La Oficina tendrá personalidad jurídica propia, podrá demandar y ser demandada. Además, la Oficina tendrá la facultad para adoptar, promulgar, enmendar y derogar aquellas reglas, órdenes, y reglamentos para regir los procesos relacionados con la gerencia, la contratación o reclutamiento de su capital humano, la propiedad, la infraestructura tecnológica, la administración de su presupuesto, entre otros, según entienda necesario y propio para el ejercicio de sus facultades y el desempeño de sus deberes. Esta facultad comprende la autoridad para diseñar e implantar planes estratégicos, que permitan el desarrollo de métodos o procesos administrativos ágiles, así como con una infraestructura adecuada con tecnología de avanzada y eficiente.
Al ejercer las referidas facultades, la Oficina podrá incorporar aquellos principios administrativos de vanguardia: que aseguren la contratación, selección y reclutamiento de personas que satisfagan los criterios de confianza, integridad personal y profesional, de excelencia, competencia y objetividad; que promuevan el desarrollo profesional; que optimicen los recursos; y que garanticen el uso correcto y prudente de la propiedad y fondos públicos.