Cualquier dueño o dueños de propiedad inmueble, la cual esté completa o parcialmente dentro del distrito establecido conforme a las disposiciones de este capítulo, o sus representantes legales, podrán presentar individual o conjuntamente ante la Autoridad una petición solicitando que su propiedad inmueble sea excluida del distrito debido a que la misma no se beneficia o que los cargos por beneficios deben ser reducidos debido a que los mismos exceden del beneficio real que recibe su propiedad.
En dicha petición se proveerá la dirección física de la propiedad y la descripción registral de la misma. La posición geográfica exacta de la propiedad será ilustrada en un mapa, de manera que se pueda identificar su posición con relación al distrito.
La petición deberá contener, además, una declaración de las razones que sustenten su petición y una súplica. La misma deberá ser jurada por el dueño o sus representantes legales.
En los casos que estime meritorios, la Autoridad citará a los peticionarios a una vista para considerar la petición de exclusión o reducción y a un representante de la entidad beneficiada. La Autoridad podrá consolidar todos los casos presentados individualmente que estén relacionados para facilitar su pronta solución.