§ 58. Informe anual al Gobernador

PR Laws tit. 3, § 58 (2018) (N/A)
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El Secretario de Estado presentará al Gobernador a más tardar el día primero de octubre de cada año un informe completo de todos los gastos de su oficina, acompañado de los datos y explicaciones concernientes al estado de los asuntos, que estimare procedentes.