§ 729l. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Jurisdicción original

PR Laws tit. 3, § 729l (2018) (N/A)
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La Sala de San Juan del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico tendrá jurisdicción original para conocer de toda reclamación o acción civil incoada bajo las disposiciones de las secs. 729a a 729m de este título.