§ 429h. Penalidades

PR Laws tit. 3, § 429h (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Toda persona que infrinja las disposiciones de cualquier reglamento aprobado en virtud de las secs. 429 a 429i de este título será culpable de delito menos grave y convicta que fuere, se le impondrá una multa no menor de veinticinco dólares ($25) ni mayor de quinientos dólares ($500) o cárcel por un término no menor de diez (10) días ni mayor de noventa (90) días o ambas a discreción del tribunal. En caso de reincidencia se impondrá una multa no menor de cien dólares ($100) ni mayor de mil dólares ($1,000), o cárcel por un término de no menos de veinte (20) días ni más de ciento ochenta (180) días o ambas penas a discreción del tribunal.