(a) Que exista la necesidad de que el personal concernido renueve sus conocimientos, ideas, perspectivas y técnicas mediante estudios, investigaciones y experiencias con sistemas de administración de justicia penal y civil de otras jurisdicciones.
(b) El efecto de la concesión de la licencia sabática sobre los servicios que se prestan y la disponibilidad de recursos económicos.
(c) Las ejecutorias y manifiesto interés de continuar en el servicio público del solicitante.