§ 293f. Ejercicio de la abogacía y el notariado, prohibido

PR Laws tit. 3, § 293f (2018) (N/A)
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La práctica privada de la abogacía y la notaría es incompatible con el puesto regular de abogado y fiscal del Departamento. Sin embargo, un abogado podrá ejercer la práctica notarial como parte de las funciones de su cargo, siempre que medie la autorización por escrito del Secretario.