§ 293c. Designación de abogados de otras agencias

PR Laws tit. 3, § 293c (2018) (N/A)
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El Secretario puede designar abogados de otras agencias, en coordinación con el jefe de la agencia, cuando así lo entienda necesario, para que representen al Estado Libre Asociado en una acción o procedimiento, o a un funcionario o empleado para que lo auxilie en el descargo de cualquier otra responsabilidad conforme las normas y condiciones que para estos fines establezca mediante reglamento. El abogado, funcionario o empleado así designado llevará a cabo la encomienda asignada bajo la supervisión del correspondiente funcionario del Departamento y está sujeto a los reglamentos y normas de conducta aplicables a los abogados del Departamento. Sin embargo, conservará el status, condición y derechos adquiridos como funcionario o empleado de la agencia para la cual trabaja.