Este Plan es creado al amparo de las secs. 8821 et seq. de este título, conocidas como la “Ley de Reorganización y Modernización de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico de 2009”. Con este Plan se promoverá una estructura gubernamental que responda a las necesidades reales y contribuya a una mejor calidad de vida para nuestros ciudadanos. Igualmente, redundará en la educación financiera al consumidor y una mayor accesibilidad de dichos servicios al ciudadano.
El presente Plan de Reorganización propone derogar las secs. 4851 a 4864 del Título 21, referente a la Comisión para Ventilar Querellas Municipales y le distribuye sus funciones a la Oficina del Panel Sobre el Fiscal Independiente. Particularmente, la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente tendrá facultad para suspender del empleo a un alcalde o alcaldesa cuando se ha encontrado causa para arresto por delito grave y los delitos contra la función pública y el erario; o delito menos grave que implique depravación moral. Además, la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente podrá disponer la destitución de un alcalde o alcaldesa cuando resulte convicto(a) de delito grave y los delitos contra la función pública y el erario; o delito menos grave que implique depravación moral y dicha sentencia advenga final y firme. De igual forma, la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente podrá decretar la suspensión o destitución de un alcalde o alcaldesa cuando éste(a) incurra en conducta inmoral o en actos ilegales que impliquen abandono inexcusable, negligencia inexcusable que resulte lesiva a los mejores intereses públicos en el desempeño de sus funciones, según dichos términos son definidos en este Plan.
Finalmente, el Plan dispone la intervención del Comisionado de Asuntos Municipales cuando existan situaciones de fricción entre el alcalde o alcaldesa y la Legislatura Municipal.
Esta reorganización tendrá como resultado una mejor fiscalización a los gobiernos municipales, al igual que investigaciones eficientes, eficaces e íntegras. De igual forma, se eliminan redundancias y duplicidad de procesos y funciones para que el Gobierno pueda responder de manera ágil y efectiva al instrumentar la política pública de esta Administración de cero tolerancia frente a la corrupción.