Artículo 19. Transferencia de obligaciones, propiedades y fondos

PR Laws tit. 3A, § 19 (2018) (N/A)
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Con relación a los poderes, facultades, activos, haberes y obligaciones que se transfieren a la Administración, para los fines y propósitos especificados, se traspasará a la Administración toda propiedad o cualquier interés en ésta: récords, archivos y documentos, acreencias, obligaciones y contratos de cualquier tipo; derechos y privilegios de cualquier naturaleza, licencias, permisos y otras autorizaciones; los fondos asignados o aquéllos a asignarse, y el personal necesario, según determinado por el Secretario. Ninguna disposición de este artículo se entenderá como que revoca, modifica, altera, ratifica o invalida cualesquiera acuerdos, convenios, reclamaciones o contratos otorgados por los funcionarios responsables de los programas, actividades y funciones que por este Plan se transfieren que estén vigentes al momento de empezar a regir el mismo.