Toda corporación, compañía, sociedad o persona que obligare o compeliere, o intentare obligar o compeler, a un empleado suyo, a que compre mercaderías o efectos en pago de jornales ganados o por ganar, o en otra forma, de cualquiera corporación, compañía, sociedad o persona, incurrirá en delito menos grave y convicta que fuere, será castigada según lo dispuesto en la precedente sección.