Se enuncia como política pública del gobierno de Puerto Rico proteger y garantizar la salud física, mental y emocional de los niños, niñas y jóvenes a fin de propiciar estilos de vida más saludables y que promuevan el mejor bienestar de éstos. Es imperativo implantar y desarrollar todas aquellas medidas dirigidas a salvaguardar el interés apremiante del Estado de proteger la salud, la seguridad y el bienestar general de sus ciudadanos, y en particular de los menores de edad.
En el ejercicio del poder de reglamentación a favor del interés público y el poder inherente de parens patriae para lograr la seguridad y el bienestar del menor, se adopta en Puerto Rico la prohibición expresa de emplear, contratar o utilizar menores de dieciocho (18) años de edad en trabajos o actividades que promuevan la venta y el consumo de bebidas alcohólicas y productos relacionados al tabaco.