En toda factura que la instrumentalidad curse al abonado deberá advertirle que dispondrá de veinte (20) días para pagar u objetar la misma y para solicitar una investigación por parte de la instrumentalidad, todo esto sin que su servicio se afecte. Además, la instrumentalidad tendrá disponible para el abonado información que describa el funcionamiento de los contadores de acueductos, cómo el abonado puede interpretarlo, y cualquier otra información que la instrumentalidad estime pertinente que permita al cliente pagar u objetar una factura de manera informada.
A tales fines cada corporación determinará el lugar donde se proveerá tal información, pudiendo ser la misma publicada en su portal cibernético.