Se ordena al Departamento transferir al Superintendente las sumas que se recauden por concepto de los comprobantes de rentas internas que se acompañan en las solicitudes que se requieren en las secs. 456a, 456d, 457a, 457c, 457g, 457i, y 460c de este título, así como la totalidad de los fondos recaudados por razón de multas administrativas según se establecen en las diferentes secciones de este capítulo. Estos fondos serán utilizados exclusivamente para todo lo directamente relacionado a la operación continua e ininterrumpida del Registro Electrónico y el proceso de expedición de licencias de armas, para sufragar el costo de cualquier campaña que se entienda necesaria llevar a cabo con el propósito de orientar al público sobre el uso y manejo de armas y de la legislación pertinente a esta materia. Disponiéndose, además, que para el Año Fiscal 2013-2014, se transferirá de los recursos de este Fondo Especial la cantidad de seis millones (6,000,000) de dólares al “Fondo para el Apoyo Presupuestario 2013-2014”. Además, para el Año Fiscal 2014-2015, se transferirá de los recursos de este Fondo Especial la cantidad de un millón (1,000,000) de dólares al “Fondo de Responsabilidad Legal”.
De igual forma, para el Año Fiscal 2015-2016 se transferirá de los recursos de este Fondo Especial la cantidad de un millón cuatrocientos dieciocho mil setecientos cincuenta y cuatro dólares ($1,418,754), que se encuentran contabilizados en la cuenta número 0400000-253-081-2002, o cualquier otra dirigida a estos fines dentro del sistema de contabilidad del Departamento de Hacienda, al Fondo de Responsabilidad Legal 2015-2016.