§ 396. Reglas y reglamentos

PR Laws tit. 25, § 396 (2018) (N/A)
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El Administrador del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno de Puerto Rico y sus instrumentalidades, tendrá facultad, previa celebración de vistas públicas, para promulgar aquellas reglas y reglamentos que sean necesarios para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo.