§ 6165d. Asignación de fondos

PR Laws tit. 24, § 6165d (2018) (N/A)
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El Administrador, según autorizado por la secs. 402 et seq. del Título 3, conocidas, como “Ley de la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción”, será responsable [de] procurar y asegurar las asignaciones de fondos presupuestarios necesarios para facilitar la implantación y cumplimiento de este capítulo. Será la responsabilidad de la Asamblea Legislativa y de la Oficina de Gerencia y Presupuesto asignar fondos para implantar este capítulo.