§ 3993g. Acuerdos de colaboración

PR Laws tit. 24, § 3993g (2018) (N/A)
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El Secretario del Departamento de Salud establecerá acuerdos de colaboración con las instituciones hospitalarias, organizaciones sin fines de lucro y los médicos que participen como proveedores de salud a la población de necesidades especiales, para dar cumplimiento a las disposiciones de este capítulo.