§ 3620h. Cadáveres—Examen médico; órganos

PR Laws tit. 24, § 3620h (2018) (N/A)
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La donación de todo o parte del cadáver o de órgano para transplante vivo conlleva la autorización de un facultativo médico para determinar que dicho cuerpo o la parte donada del mismo reúne las condiciones necesarias para los fines a que se va a utilizar.

Los derechos del donatario que surjan de la donación prevalecerán sobre los de otras personas, toda ello sujeto a aquellas disposiciones de la ley relativas a autopsias médicas, sec. 3620j de este título.