El personal del Departamento de Salud y del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos debidamente autorizado, queda facultado por la presente para entrar en cualquier edificio, casa, tienda o lugar a cualquier hora del día, para examinar las condiciones del mismo, e informar sobre ellas, o para hacer remover o corregir con urgencia cualquier condición de radiación ionizante en la forma y modo prescritos en los reglamentos. No obstante la autorización anterior, las investigaciones o inspecciones de viviendas o habitaciones particulares no se practicarán sin previo permiso del inquilino de la vivienda o habitación que va a ser objeto de inspección. Si el inquilino rehusare dar su permiso para dicha inspección, cualquier juez de distrito o juez de paz podrá, al recibir una declaración jurada de que existe una causa probable para ello, expedir una orden autorizando a dicho funcionario para entrar en la referida vivienda particular o habitación con el objeto de practicar la investigación o inspección.
La entrada y la inspección en áreas que se hallen bajo la jurisdicción federal se efectuarán con la autorización del gobierno federal, o de su representante debidamente autorizado.