El Comité llevará a cabo reuniones para determinar sobre asuntos de competencia. El quórum en las reuniones del Comité lo constituirán siete (7) miembros. Las decisiones del Comité se tomarán mediante votación. Para tomar una decisión se requerirá una mayoría simple de los miembros que participen en la reunión en la cual se discuta el asunto llevado a votación excepto en aquellas determinaciones que se dispone lo contrario en este capítulo. Los miembros tendrán derecho a votar a favor, en contra o abstenerse. Las votaciones de los miembros del Comité no podrán ser secretas.