§ 603. Creación de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico

PR Laws tit. 21, § 603 (2018) (N/A)
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Se crea la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico, en adelante denominada como la “ODSEC”, la cual estará adscrita a la Oficina del Gobernador de Puerto Rico, y estará cobijada por la Ley Para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público y quedará a cargo de un Director Ejecutivo, quien será responsable de cumplir con los deberes y funciones que le impone este capítulo.

El Director Ejecutivo será nombrado por el Gobernador de Puerto Rico, con el consejo y consentimiento del Senado, y ejercerá sus funciones en una relación de confianza con la autoridad nominadora. Dicho Director Ejecutivo tendrá los poderes necesarios y adecuados para asegurar que se lleven a cabo las funciones y objetivos dispuestos por este capítulo y deberá ser una persona con conocimiento del asunto comunitario y del Tercer Sector.