§ 1095n. Oficinas gubernamentales

PR Laws tit. 21, § 1095n (2018) (N/A)
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Cualquier agencia que establezca una oficina o centro de servicios, o cuando se trate de una relocalización de tales facilidades, deberá establecerla o relocalizarla en el centro urbano, salvo por justa causa que deberá contar con una dispensa escrita. Disponiéndose, que será nulo cualquier contrato que contravenga esta disposición.