§ 94m. Asistentes dentales—Licencia de asistencia dental; inscripción

PR Laws tit. 20, § 94m (2018) (N/A)
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Toda persona que aprobare el examen y llenare todos los requisitos será certificada por la Junta y se le expedirá licencia de asistencia dental, previa su correspondiente inscripción en el registro que se crea y que estará bajo el dominio y custodia de la Junta.