§ 582c. Deberes

PR Laws tit. 20, § 582c (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

(a) Celebrar por lo menos una (1) asamblea anual ordinaria de miembros o delegados de éstos, en el caso de que el Colegio se organice por distritos y municipios, para la elección de los miembros de la Junta de Directores y la consideración de aquellos otros asuntos que de acuerdo a las secs. 582 a 582i de este título y al reglamento general del Colegio deban someterse a la determinación y aprobación de los socios o delegados del Colegio.

(b) Contribuir al mejoramiento de la práctica de la profesión de barbero y estilista de Puerto Rico.

(c) Promover mejores condiciones de trabajo y de vida para sus miembros y la familia de éstos.

(d) Defender los derechos y el bienestar de sus miembros y ofrecerles servicios y ayuda a esos fines.

(e) Promover unas relaciones de fraternidad y colaboración entre todos sus miembros.

(f) Fomentar y sostener la práctica de la profesión de barbería y estilista en barbería dentro de los más estrictos principios de ética profesional y moral.

(g) Realizar por lo menos una auditoría anual de todos los fondos del Colegio de acuerdo a las prácticas reconocidas de contabilidad pública con contadores públicos independientes.

(h) Rendir en la asamblea anual ordinaria un informe general de todas sus actividades, logros y fondos.