Será obligación de la División de Teatro el velar por que los fondos asignados al Fondo Especial sean utilizados para los propósitos enunciados en las secs. 1199a a 1199e de este título y rendirá anualmente un informe al Instituto de Cultura Puertorriqueña, quien a su vez lo incluirá en su informe anual a la Asamblea Legislativa sobre la labor llevada a cabo por el Instituto con estos fondos.