§ 913b. Junta—Organización

PR Laws tit. 18, § 913b (2018) (N/A)
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(a) El Secretario de Educación, como miembro ex officio con voz, pero sin voto;

(b) el Presidente de la Universidad de Puerto Rico, como miembro ex officio con voz y voto;

(c) el Secretario de Hacienda, como miembro ex officio con voz, pero sin voto, y

(d) cuatro (4) ciudadanos particulares de solvencia moral y de reconocida capacidad en el campo educativo, designados inicialmente por el Gobernador; subsiguientemente, éstos serán electos por los miembros en funciones.