(a) La creación y establecimiento de autoridades sobre hogares de acuerdo con o supuestamente de acuerdo con las disposiciones de las secs. 31 a 38, 39 a 45 y 46 a 55 de este título.
(b) Todos los bonos, pagarés, y obligaciones hasta el presente emitidos por las autoridades sobre hogares con aprobación de las agencias correspondientes del gobierno federal para los fines de financiar o ayudar a llevar a cabo proyecto de hogares y viviendas públicas o de reurbanización.
(c) Todos los contratos, convenidos y compromisos de las autoridades sobre hogares hasta a la fecha celebrados con aprobación de las agencias correspondientes del gobierno federal en relación con el financiamiento o ayuda para el desarrollo, construcción, conservación y funcionamiento de proyectos de hogares y viviendas públicas o de reurbanización o para la obtención de ayuda federal para los mismos incluyendo en general, como ejemplo, empréstitos o aportaciones anuales, contratos o arriendos con el gobierno federal, convenios con los municipios y otras entidades públicas para la protección de los tenedores de cualesquiera bonos, pagarés u obligaciones por las autoridades sobre hogares a que de otro modo se hagan parte de los contratos con dichos tenedores en relación con la cooperación, aportaciones, concesiones o cualquiera otra participación local para la ayuda de estos proyectos, pagos en sustitución de aportación, suministro de servicios y facilidades municipales o estatales, eliminación de viviendas inseguras y antihigiénicas y de arrabales y contratos para la construcción o funcionamiento de proyectos de hogares y viviendas públicas o de reurbanización.
(d) Todos los procedimientos, actos y obras emprendidos, ejecutados y hechos por las autoridades sobre hogares para los fines mencionados en los incisos (a), (b) y (c) de esta sección y en relación con las actividades descritas en los mismos, incluyendo todas las aprobaciones de actos y obras emprendidos, ejecutados o hechos por cualquier municipio de Puerto Rico o cualquiera otra entidad o agencia pública o gubernamental de Puerto Rico para los mismos fines y para facilitar cooperación con y ayuda del gobierno federal.