La Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de Puerto Rico deberá rendir a la Asamblea Legislativa al comienzo de cada Sesión Ordinaria de la misma un informe detallado de las obras desarrolladas por dicha Corporación con cargo a fondos provenientes de bonos emitidos por dicha Corporación mediante autorización de la sec. 45a de este título. El informe deberá incluir las obras llevadas a cabo durante el año fiscal terminado el 30 de junio precedente, las obras en desarrollo durante el año fiscal en que se rinda el informe y las obras proyectadas para el año fiscal siguiente.