§ 27gg. Apoyo del Departamento de Justicia

PR Laws tit. 17, § 27gg (2018) (N/A)
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Al amparo de sec. 27k de este título, antes citada, se ordena al Departamento de Justicia brindar el apoyo necesario, a solicitud del Secretario de la Vivienda, en los casos o litigios pendientes contra la extinta CRUV o la Oficina. El Departamento de la Vivienda tendrá los mismos derechos y facultades, excepto la capacidad de demandar y ser demandado, y podrá emplear las mismas defensas utilizadas por la Oficina en caso de cualquier litigio o reclamación relacionada con los activos transferidos y deberá satisfacer cualquier sentencia adversa con cargo al Fondo Especial Independiente o al Fondo General, previa autorización de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.