El efectivo que mantenga la Oficina en sus cuentas bancarias, luego de pagar la liquidación a sus empleados al 30 de junio de 1998, al igual que todo producto de activos asumidos a esa fecha y el de hipotecas de CRUV, se transferirá, luego de descontados los gastos operacionales, administrativos, entre otros, al Departamento de la Vivienda para el desarrollo de viviendas de interés social.
El Secretario de la Vivienda creará y mantendrá un Fondo Especial Independiente para estos fines.