El lunes después del segundo miércoles de diciembre del año en que se celebre la elección presidencial, el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de Representantes de Puerto Rico convocarán a los compromisarios de Puerto Rico, de acuerdo a la certificación emitida por el Presidente de la Comisión Estatal. Dichos compromisarios, mediante votación secreta, emitirán sus votos a favor de los candidatos a Presidente y Vicepresidente de Estados Unidos a quienes representan.
Para fines de la elección presidencial, el Colegio Electoral se establecerá en el Capitolio de Puerto Rico. Los procesos de votación y escrutinio, correspondientes a la elección del 3 de noviembre de 2020, los dirigirá el Presidente de la Cámara en el hemiciclo de ese Cuerpo y en adelante, cada cuatro (4) años, la dirección y celebración de dichos procesos se alternará entre cada cámara legislativa y su respectivo Presidente. Los miembros de ambos Cuerpos podrán estar presentes como observadores durante el proceso de votación y escrutinio.
Los Presidentes del Senado y de la Cámara de Representantes de Puerto Rico conducirán los procesos de conformidad a lo dispuesto en la Constitución de Estados Unidos y en las leyes federales y certificarán los resultados en la forma y manera que allí se establece.