§ 971h. Derecho a voto adelantado

PR Laws tit. 16, § 971h (2018) (N/A)
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La Comisión Estatal de Elecciones establecerá, mediante resolución, el máximo de funcionarios o empleados de la agencia o de la Policía de Puerto Rico asignados a funciones indispensables el día del referéndum que tendrán derecho a voto adelantado.