Cualquier remanente de asignaciones especiales de años fiscales anteriores para la Compañía de Parques Nacionales y que al momento de la aprobación de esta Ley estuvieran vigentes, serán contabilizados a favor del Departamento de Recreación y Deportes, manteniendo su uso y balance al momento de la transición.
Asimismo, con relación al presupuesto aprobado para la Compañía de Parques Nacionales para el Año Fiscal 2014-2015, ya sea que provenga del presupuesto operacional contenido en la Resolución Conjunta del Presupuesto General o de las asignaciones contenidas en la Resolución Conjunta de Asignaciones Especiales, la Oficina de Gerencia y Presupuesto determinará la cantidad que estime necesaria para darle la continuidad y operación al Programa y transferirá la misma al Departamento de Recreación y Deportes. Si existiere un sobrante entre lo aprobado y lo transferido, se transferirá la diferencia al Fondo Presupuestario para ser utilizados conforme a las disposiciones aplicables al mismo.