§ 63e. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—Utilización del producto de la venta

PR Laws tit. 13, § 63e (2018) (N/A)
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El producto de la venta de los pagarés emitidos bajo las disposiciones de las secs. 63 a 63h de este título (excluyendo intereses acumulados pero incluyendo cualquier prima) será depositado en el Fondo General y el producto de la venta de cualesquiera pagarés de renovación se utilizará para el pago de los pagarés que están siendo renovados. Una cantidad no mayor del dos por ciento (2%) del total del principal de cualquier emisión de pagarés será asignada para el pago de los gastos incurridos en relación con la emisión y venta de tales pagarés. El interés acumulado recibido en la entrega de y el pago por cualquier pagaré emitido bajo las disposiciones de las secs. 63 a 63h de este título será depositado en el Fondo Especial establecido en la sec. 63c de este título.