§ 8158b. Franquicia

PR Laws tit. 12, § 8158b (2018) (N/A)
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Nada de lo dispuesto en este capítulo obliga a la Junta ni a la Autoridad a conceder a ninguna entidad o grupo o clasificación de entidades dedicadas a la recolección, acarreo, reciclaje o disposición de equipos electrónicos o celulares o tubos catódicos una franquicia preferente, exclusiva o protegida en ninguna parte de la jurisdicción de Puerto Rico.