§ 1120a. Subcomité

PR Laws tit. 12, § 1120a (2018) (N/A)
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El Comité de Acuerdo Cooperativo Conjunto nombrará un subcomité compuesto por siete (7) miembros pertenecientes al Comité de Acuerdo Cooperativo Conjunto y este subcomité tendrá la responsabilidad de realizar aquellas actividades para solicitar, aceptar y recibir aquellos donativos de capitalización y disponer de ellos de la manera más eficiente en beneficio del Comité de Acuerdo Cooperativo Conjunto.

Será responsabilidad de este subcomité realizar aquellos acuerdos así como coordinar los proyectos y los servicios de los integrantes del Comité del Acuerdo Cooperativo Conjunto y del U.S. Geological Survey.

Este subcomité recomendará al Comité de Acuerdo Cooperativo las aportaciones correspondientes a cada dependencia participante y el Comité de Acuerdo Cooperativo aprobará previo estudio, análisis y enmiendas de ser éstas necesarias, las respectivas aportaciones aprobadas. Será responsabilidad de este subcomité el realizar aquellos contratos que fueran necesarios y revisará anualmente aquellos contratos y/o acuerdos que realice con el U.S. Geological Survey; además, el subcomité realizará aquellos acuerdos y/o contratos que sean necesarios con las agencias que son parte del Comité de Acuerdo Cooperativo.