Cualquier condición, estipulación o cláusula en un contrato que intente evadir o renunciar el cumplimiento con cualquier disposición de este capítulo o cualquier reglamentación u orden emitida al amparo de él será nula ab initio. Esta sección no se entenderá que anula la parte legal de un contrato que pueda ser separada de la parte ilegal. Tampoco tendrá el efecto de impedir una causa de acción por enriquecimiento injusto.