El titular registral de una marca podrá presentar copia de la licencia otorgada para el uso de la marca, para que conste en el expediente de su marca, en las oficinas del Registro de Marcas.
El acreedor de un gravamen sobre una marca podrá presentar copia acreditativa de dicho gravamen en las oficinas del Registro de Marcas para que conste en el expediente de tal marca.