§ 5013. Mes del Cuidado de los Ojos

PR Laws tit. 1, § 5013 (2018) (N/A)
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(a) Se declara el mes de enero de cada año como “Mes del Cuidado de los Ojos” en Puerto Rico.

(b) El Gobernador de Puerto Rico, mediante proclama al efecto, exhortará al Pueblo de Puerto Rico a celebrar este día.

(c) El Colegio de Optómetras de Puerto Rico, la Sociedad Puertorriqueña de Oftalmología y la Sociedad Puertorriqueña del Cuidado de los Ojos, así como cualquier otra institución interesada en esta celebración, se encargarán de difundir información sobre el significado de este evento.