Por la presente se reafirma la aceptación de los beneficios de la ayuda federal y específicamente los de la Ley de Ayuda para Carreteras de 1944 (Public Law 521-78th Congress).
A tales efectos, se autoriza al Secretario de Transportación y Obras Públicas para que haga y firme los convenios necesarios con la Federal Works Agency y con la Public Roads Administration.