§ 5481. Regla básica

PR Laws tit. 9, § 5481 (2018) (N/A)
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El Secretario no expedirá, renovará ni traspasará registraciones, permisos, ni tablillas para vehículos de motor dedicados al transporte de pasajeros o carga mediante paga, ni sustituirá los mismos, sin que medie una orden o autorización de la Comisión.

La Comisión autorizará la expedición y renovación de los permisos y tablillas de los porteadores públicos o porteadores por contrato autorizados para ejercer como tales, según se disponga mediante reglamento.