§ 5324. Campaña educativa

PR Laws tit. 9, § 5324 (2018) (N/A)
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La Comisión para la Seguridad en el Tránsito, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Policía de Puerto Rico, la Administración de Compensación por Accidentes Automovilísticos, la Corporación para la Difusión Pública, el Departamento de Recreación y Deportes, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, el Departamento de Educación y la Autoridad de Carreteras y Transportación, llevarán a cabo una campaña educativa a través de los medios de información y/o comunicación conocidos, tales como radio, televisión, periódicos y la Internet así como cualquier otro considerado idóneo; para orientar al público sobre las disposiciones de este subcapítulo.

Dicha campaña educativa deberá incluir, entre otros, el que se cree un enlace particular en la página cibernética de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito sobre la Carta de Derechos del Ciclista y Obligaciones del Conductor para que la ciudadanía esté informada y se puedan prevenir accidentes lamentables. Dicho enlace será uno interactivo mediante el cual la ciudadanía de forma visual y auditiva pueda aprender cómo actuar correctamente al conducir un vehículo de motor por la zona de rodaje mientras comparte la misma con un ciclista. Así también deberá incluir consejos para los ciclistas y conductores de cómo compartir nuestras vías públicas de forma segura.