Con sujeción a las necesidades de la seguridad pública, las disposiciones de este capítulo y sus reglamentos sobre tránsito no se aplicarán a aquellos conductores de vehículos de motor cuyos vehículos sean usados en la construcción o reparación de secciones de vías públicas o en realizar trabajos relacionados con instalaciones de servicio público localizadas en o cerca de la vías públicas, pero se aplicarán a los conductores mientras se encuentren transitando con dichos vehículos desde o hacia el lugar donde se realiza el trabajo.