§ 5175. Vehículos de compañías de servicio público

PR Laws tit. 9, § 5175 (2018) (N/A)
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Estarán exentos de las reglas sobre parada, detención y estacionamiento prescritas en este subcapítulo los vehículos de agencias o compañías de servicio público, excepto los vehículos de agencia de transporte, cuando los mismos sean utilizados en operaciones de emergencias para corregir roturas, averías o interrupciones a los servicios que éstos presten. En tales casos, los vehículos usados en estas operaciones podrán parar, detenerse y estacionarse por el tiempo estrictamente necesario para la corrección de la rotura, avería o interrupción y de manera que ofrezcan un mínimo de interrupción al tránsito.