§ 5174. Uso del freno de emergencia

PR Laws tit. 9, § 5174 (2018) (N/A)
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A todo vehículo que se estacione deberá inmovilizársele con el freno de emergencia y cuando se estacione en pendiente deberá hacerse con la rueda delantera más cercana a la acera diagonalmente hacia el borde del encintado u orilla de la vía pública. En todo caso deberá apagarse el motor del vehículo y sacarse la llave de ignición.